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jueves, 28 de mayo de 2026

Wander Franco, un precedente

Wander Franco, un precedente
❝Sin Paños Tibios❞》》》
Este lunes 25, los jueces de la Corte de Apelación de Puerto Plata, magistrados José Núñez (presidente), Jenny Amarilis Martínez y Praire Ruiz (miembros), en ocasión del recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Wander Franco, tuvieron a bien fallar (in voce) otorgándole un perdón judicial, luego de declararlo culpable de abuso sexual y psicológico contra una menor. Asimismo, condenó a 10 años a la madre de la misma por explotación sexual comercial y lavado de activos.


El fallo evidencia el nivel de descomposición social de la sociedad dominicana, y la profundidad del agujero moral en que encuentra, toda vez que, pese a los magistrados constatar que el Sr. Franco sí cometió el delito en perjuicio de una menor; y, por consiguiente, quedar establecida las calidades de víctima y victimario, los mismos procedieron a otorgarle un perdón que le exime de cumplir pena en un recinto penitenciario, sobre la base de que , “el imputado en este caso, también es una víctima […] de un comportamiento humano rapaz que se olvida de los principios y valores…”.

Casi en tono de reproche, el magistrado presidente sentenció que “La denuncia surgió, los hechos ocurrieron y todo pudo quedarse en el misterio de la sombra del secreto de una familia, sin embargo los intereses humanos fluyeron de tal forma que nos colocan en este escenario como de espectáculo público en una situación cuestionable”.

En otras palabras, los magistrados reinterpretaron a su antojo la relación causal, lineal y temporal del hecho delictivo, endosando el rol de víctima a quien abusó de una menor, sobre la base de que, una vez cometido el delito, la dinámica de chantaje ejercida –ex post– por la madre, operó retroactivamente como una eximente del delito cometido ex ante.

El rigor obliga a esperar la evacuación (y nunca mejor dicho) in extensa del fallo, no para recurrirlo –como correctamente anunció que lo haría el Ministerio Público–, sino para ver los malabarismos jurídicos que hicieron estos tres jueces, para justificar la calidad de víctima de un agresor declarado culpable, y otorgar el perdón de la pena, a pesar de que por el delito, circunstancias y minoridad de la víctima, no correspondía.

Para estos jueces, el abuso a una menor “pudo quedarse en el misterio de la sombra del secreto de una familia”, porque lo recriminable no es el hecho pero se, sino su ventilación pública.

Puede que el fallo no indique suficientes motivaciones jurídicas, puede también que el tribunal popular piense que existen otras… Lo cierto es que, de todo lo abominable y detestable que encarna y representa este fallo, lo peor es el mensaje que desde el Poder Judicial se envía a una sociedad donde sólo en 2025, unas 537 niñas entre 9 y 15 años quedaron embarazadas.

A la ausencia de políticas públicas, y empatía social, ahora tendremos que lidiar con la insensibilidad de unos jueces para quienes los victimarios no sólo no caen presos, si no que también son víctimas. 

Por: Federico A. Jovine Rijo.-
@FedericoJovine
@federicojovine
fjovine@email.com 

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